Siempre que existe una cancelación del vuelo, las molestias y los engorros que te ocasionan no se compensan únicamente con un vale para un refresco, ni estás obligado a aceptar con resignación la cancelación.
Usted debe saber como consumidor que existe un Reglamento Europeo CE 261/2001 que protege a los pasajeros en caso de retraso o cancelación de su vuelo, o bien, si se le hubieran denegado el embarque por exceso de reservas.
Gracias a esta normativa, la Aerolínea está obligada a pagarle compensaciones de hasta 600 € siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos.
En Rafael Rivera Abogado, estaremos encantados de estudiar su caso y realizar su reclamación, siempre que cumpla los requisitos necesarios para ello.
2 comentarios en “CANCELACIÓN DE VUELO.”
¡Interesante! es bueno conocer mis derechos.
Ayer tuve un retraso de casi dos horas en el vuelo barcelona – malaga, que cantidad me corresponderia reclamar???
Muy buen artículo